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domingo, 15 de enero de 2017

La Seguridad Humana y el Derecho al Desarrollo.


Andrés Canelón.

Su conexión a raíz del informe Sobre Desarrollo Humano del PNUD en el año 1994.  ¿Tiene o tuvo algún entendimiento en los Derechos Humanos?

     En 1994 el Programa de las Naciones Unidas publica su “Informe Sobre Desarrollo Humano” del mismo año, cuyo tema central eran las Nuevas dimensiones de la seguridad humana. En el capitulo segundo del informe se vislumbra una definición de lo que pudiésemos entender como seguridad humana: “En primer lugar, significa seguridad contra amenazas crónicas como el hambre, la enfermedad y la represión. Y en segundo lugar, significa protección contra alteraciones súbitas y dolorosas de la vida cotidiana, ya sea en el hogar, en el empleo o en la comunidad.”[1]. En una primera instancia se pudiese establecer un nexo entre los postulados de estas definiciones y la declaración sobre el Derecho al Desarrollo del año 1986, principalmente debido a que el este derecho engloba lo que sería: “La plena soberanía sobre los recursos naturales, autodeterminación, la participación popular en el desarrollo Igualdad de oportunidades, la creación de condiciones favorables para el disfrute de otros derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales[2]”, y el impulso de estas características permite la lucha contra las amenazas que establece la definición de Seguridad Humana. A esto se le agrega que en el artículo segundo de esta declaración se establece que: “La persona humana es el sujeto central del desarrollo y debe ser el participante activo y el beneficiario del derecho al desarrollo”, principio que se adhiere a una de las características esenciales de la seguridad humana que es centrarse en la persona humana.

Mas adelante en el informe hacen una diferencia entre el Desarrollo Humano y la Seguridad Humana, estableciendo que es importante que no se comparen ambos conceptos debido a que Desarrollo humano abarca una esfera mucho más amplia que lo que pudiese abarcar la Seguridad humana, sin embargo se establece un vinculo entre ambos, ya que si se logra desarrollar alguna de las esferas en las que se basa la seguridad humana[3] se logra llegar a desarrollar las demás esferas y aumentar el desarrollo humano en una región. En un principio podemos ver la interacción entre Desarrollo Humano y Seguridad Humana como una relación continente-contenido, estando dentro de la esfera del desarrollo humano el tema de la seguridad humana, el concepto de esta ultima permite englobar una cantidad de derechos que se podían considerar aislados al Desarrollo Humano como lo son el derecho a la Alimentación, a la Salud, a un Medio Ambiente sano, y demás consagrados dentro de la Seguridad Humana.

            Entonces, ¿tiene o tuvo algún entendimiento en los Derechos Humanos el Informe Sobre Desarrollo Humano del PNUD en el año 1994?, Este informe permite expandir lo que sería el alcance del derecho al desarrollo humano permitiendo así que tuviese impulso dentro de la comunidad internacional, desplegando el ámbito de aplicación de lo que pudiese ser el desarrollo humano y avanzando en lo que se pudiese considerar una costumbre internacional, dando la Seguridad Humana un escalón para el reconocimiento del Derecho al Desarrollo y solidificando un nuevo derecho para el goce de los Estados que pudiese ser reclamado teniendo en cuenta el auge que ha tenido el mismo después de su declaración en 1986 y como el mismo se ha visto blindado por la definición de Seguridad Humana y su aceptación en la comunidad internacional, por lo tanto podemos; desde este punto de vista, aceptar que este informe incidió de manera positiva en los derechos humanos no solo ampliando el espectro del derecho al desarrollo si no también estableciendo un punto de referencia en cuanto al cumplimiento de este, logrando así el objetivo establecido en el Artículo 10 de la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo: “Deben adoptarse medidas para asegurar el pleno ejercicio y la consolidación progresiva del derecho al desarrollo, inclusive la formulación, adopción y aplicación de medidas políticas, legislativas y de otra índole en el plano nacional e internacional.”



[1] INFORME SOBRE DESARROLLO HUMANO 1994, Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. Pagina 26
[3] Economía, Alimentación Salud, Ambiente, Personal, Comunitaria y Política.
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